El Derecho Comercial es una rama que se desprende del Derecho Civil y a su vez se encarga de regular las relaciones entre personas, relativas a la profesión comercial y su ejercicio.
Se considera el Derecho Comercial como aquel que rige las reglas resultantes de los actos de comercio y de la actividad de comercio.
El objeto de esta rama del Derecho Civil es regular las actividades de comercio y por ende su naturaleza es regulatoria.
El Derecho Comercial tiene carácter objetivo y subjetivo.
Es objetivo siempre que este dependa del Derecho Comercial directamente.
Es subjetivo siempre que adquiera carácter comercial.
En República Dominicana son fuentes del derecho comercial:
- La Constitución.
- Cód. de Comercio.
- Ley 479-08.
- Ley 31-11.
- Acuerdos Internacionales.
- Jurisprudencia.
- Doctrina.